jueves, 28 de abril de 2016

DÍA DEL EMPLEADO PUBLICO

29 DE MAYO : DÍA DEL EMPLEADO PUBLICO


La pelea de los empleados del Estado por su reconocimiento como trabajadores ha sido vasta, y no exenta de obstáculos. De hecho, se trata del gremio al que más le costó conquistar el derecho a la negociación colectiva.
En su Declaración de Filadelfia de 1944, la Organización Internacional del Trabajo ya había enunciado entre sus objetivos el reconocimiento del derecho de negociación colectiva y, para 1948, adoptó el Convenio Nº 87, que reconoció el derecho de sindicación tanto a los trabajadores del sector privado como a los del sector público.1
Sin embargo, cuando en 1949 la OIT adoptó el Convenio Nº 98 sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, se excluyó a los funcionarios públicos de su ámbito de aplicación.Hubo que esperar casi treinta años para que este organismo internacional adoptara un instrumento legal sobre las relaciones de trabajo en la administración pública. Así fue como, con la adopción del Convenio Nº 151 el 27 de junio de 1978 (y posteriormente con la Recomendación Nº 159), se ampliaron a los trabajadores del estado derechos reconocidos en el Convenio Nº 98, otorgándoles oficialmente el derecho a participar en la determinación de sus condiciones de empleo.
Como todo convenio de la OIT, el Convenio Nº 151 es un tratado internacional legalmente vinculante, destinado a ser ratificado por los Estados Miembros. En él se establecen los principios básicos que deben aplicar dichos países. La Recomendación Nº 159 que lo acompaña es de carácter no vinculante y complementa al convenio, proporcionando directrices más detalladas sobre su aplicación.




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